Nueva Ley Servicio DomesticoCÓMO ADAPTAR SU ACTUAL RELACIÓN LABORAL A LA NUEVA NORMATIVA VIGENTE DESDE EL 1 DE ENERO DE 2012

El régimen legal de los empleados de hogar, cuya reglamentación databa de 1985,  ha experimentado una importante actualización en 2011.

  • La Ley 27/2011 de 1 de agosto de actualización de la S.S. incluye a los empleados de hogar dentro del régimen general (Pero dentro de un "sistema especial": por el momento no tienen derecho a prestación por desempleo). Actualmente es obligatorio cotizar por la contratación de un empleado doméstico, desde la primera hora de trabajo. 
  • El Real Decreto 1620/2011 de 14 de noviembre por el que se regula la relación laboral de caracter especial del servicio del hogar familiar (Regula los derechos y obligaciones de empleados y empleadores)

La entrada en vigor de la nueva normativa conlleva nuevas obligaciones para los empleadores, ya que ahora es preceptivo entregar recibos de pago de salarios, así como distribuir de antemano los tiempos de presencia y las pernoctas, que a partir de ahora  deberán estar programados y ser retribuidos.

Cualquier cambio en las condiciones salariales que se acuerde con el empleado de hogar, en el transcurso  de la relación laboral, deberá ser comunicado a la S.S. en el plazo de 6 días.

area clientes 

Nuestros servicios de selección de personal están adaptados a la nueva normativa y los empleadores  que contraten candidatas propuestas por CasaLista en el 2012 obtendrán todo lo preciso para que su nueva relación laboral responda a sus necesidades respetando la nueva legalidad vigente. (Contrato, nóminas, impresos para el alta en S.S. y solicitud del 20% de deducción en las cotizaciones por "nueva contratación")

Los empleadores que contrataron trabajadores domésticos antes del 2012, deberán realizar una gestión en la Seguridad Social  para que su relación laboral quede ajustada a la nueva norma. Además, es preceptivo entregar  a la trabajadora recibos del pago de salarios y recomendable formalizar el contrato por escrito, si es que aun no se ha hecho.  

La forma de los recibos de pago de salarios, es libre, si bien recomendamos usar la plantilla que facilita la Seguridad Social, en la que deberemos detallar los conceptos salariales (salario base, tiempo de presencia, pernoctas, pago en especie, prorrata de la paga extra...etc) de modo que quede justificado que se han abonado todos esos conceptos.

 

Para dar respuesta a las nuevas necesidades de nuestros clientes, originadas por el cambio de marco legal, hemos previsto el siguiente servicio:

Adaptación de la relación laboral con su actual empleado/a a la nueva normativa

 Incluye:  

  • Asesoría sobre la nueva normativa y actualización del contrato, según modelo oficial.  
  • Comunicación preceptiva a la S.S. (detallando el salario mensual, tiempos de presencia y régimen de pernoctas). Obtención de la nueva cuenta de cotización y registro del nuevo alta conforme a la vigente normativa. (Impreso TA Hogar).
  • Elaboración de nóminas para el 2012, según modelo oficial facilitado por la S.S., optimizando la distribución de los diferentes conceptos salariales en función de las necesidades familiares.   

Las tres gestiones: 140 € (IVA no incluido)

(100 € para antigüos clientes de CasaLista / 70 € para clientes con garantía vigente en el 2012) (IVA no incluido)

SOLICITAR SERVICIO DE ADAPTACIÓN A LA NUEVA LEGISLACIÓN PARA SU ACTUAL EMPLEADO/A DE HOGAR