OBLIGACIONES LEGALES DEL CABEZA DE FAMILIA

TRÁMITES ANTE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resumen de las obligaciónes legales del empleador a la hora de formalizar la relación laboral con su nuevo empleado de hogar:
- El registro del alta del nuevo empleado, o empleada, en la Seguridad Social (el mismo día de la incorporación).
- Para contratos de duración superior a 4 semanas, el empleador debe informar al trabajador acerca de:
- Pagos en especie, si los hubiere.
- Pacto sobre horas de presencia (distribución y remuneración)
- Pacto sobre pernoctas (distribución y remuneración)
Además, durante toda la relación laboral el empleador está obligado a:
- El pago mensual de las cotizaciones sociales mediante domiciliación bancaria.
- La entrega de un recibo del pago de salarios al trabajador (nóminas)
- Comunicar a la S.S. cualquier cambio de condiciones salariales que se pacte con la trabajadora (6 días de plazo).
Se permite el contrato verbal, pero el nuevo Real Decreto faculta a cualquiera de las partes a exigir a la otra que el contrato se registre por escrito, en cualquier momento de la relación laboral, por lo que recomendamos a nuestros clientes la firma de un contrato por escrito desde el inicio de la misma.
CasaLista, a petición del cliente, se encargará de asesorarle y de realizar esos trámites preceptivos, así como cualquier otro que nuestros empleadores puedan necesitar.
ADAPTACIÓN DE SU ACTUAL RELACIÓN LABORAL A LA NUEVA NORMATIVA VIGENTE DESDE EL 1 DE ENERO DE 2012
El régimen legal de los empleados de hogar, hasta ahora regulado por una ley de 1985, ha experimentado una importante actualización en 2011. Las normas de referencia vigentes a partir del 1 de enero de 2012 son:
- La Ley 27/2011 de 1 de agosto de actualización de la S.S. incluye a los empleados de hogar dentro del régimen general. Establece un sistema nuevo de cotización "desde la primera hora".
- El Real Decreto 1620/2011 de 14 de noviembre por el que se regula la relación laboral de caracter especial del servicio del hogar familiar. Contiene los detalles sobre los derechos y obligaciones de empleados y empleadores.
La nueva regulación no supondrá un mayor coste en cotizaciones sociales durante el año 2012, pero sí implica nuevas obligaciones para los empleadores de servicio doméstico, ya que ahora es preceptivo entregar recibos de pago de salarios, así como distribuir de antemano los tiempos de presencia y las pernoctas, a partir de ahora programados y retribuidos.
Además, cualquier cambio en las condiciones salariales que se acuerde con el empleado de hogar deberá ser comunicado a la S.S. en el plazo de 6 días.
Nuestros servicios de selección de personal están adaptados a la nueva normativa y los empleadores que contraten candidatas propuestas por CasaLista en el 2012 obtendrán todo lo preciso para que su nueva relación laboral responda a sus necesidades respetando la nueva legalidad vigente. (Contrato, nóminas, impresos para el alta en S.S. y solicitud del 20% de deducción en las cotizaciones por "nueva contratación")
Los empleadores que contrataron trabajadores domésticos antes del 2012, deberán realizar una gestión en la Seguridad Social para que su relación laboral quede ajustada a la nueva norma. Además, es preceptivo entregar recibos del pago de salarios y recomendable formalizar el contrato por escrito, si es que aun no se ha hecho.
Para dar respuesta a las nuevas necesidades de nuestros clientes, hemos previsto los siguientes servicios:
PARA EMPLEADORES QUE CONTRATARON A SU EMPLEADO/A DE HOGAR ANTES DEL 2012
- Adaptación de la relación con su empleada/o a la nueva normativa que entró en vigor el 1 de enero de 2012 (Asesoría sobre el nuevo modelo de contrato, comunicación preceptiva a la S.S. y elaboración de nóminas para el 2012, optimizando la distribución de los diferentes conceptos salariales en función de las necesidades familiares). Gestión completa: 140 € (100 € para antiguos clientes de CasaLista / 70 € para clientes "en garantía") (IVA no incluido)
- Asesoría para actualizar una contrato según la nueva norma y comunicación preceptiva a la S.S.
- Elaboración de nóminas para el año 2012 (Asesoría sobre la óptima distribución ,y cálculo del importe, de los diferentes conceptos salariales, preceptivos según la nueva normativa vigente)
- Solicitud del 20 % de bonificación por contratación de empleados de hogar
- Solicitud del 45 % de bonificación por familia numerosa (no acumulable con la anterior)
- Solicitud de reembolso de ingresos indebidos (casos de errores administrativos que resultan en un exceso de cotizaciónes que la SS deberá reembolsar al empleador)
Honorarios CasaLista: (Salvo que se indique otro precio) 50 € por gestión o visita*. 90 € por servicio de asesoría (IVA no incluido)
(*Todas las gestiones que se puedan realizar en una misma visita a la tesorería de la Seguridad Social se considerarán una única gestión quedando incluidas dentro de los 50€)
OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO DOMÉSTICO
: EXTRANJERÍA
Las empleadas de hogar que trabajan en España son mayoritariamente inmigrantes que precisan renovar su permiso de residencia y trabajo periódicamente.
Cuando llega el momento de la renovación, habitualmente solicitan asistencia a su empleador.
En CasaLista nos encargamos de tramitar las renovaciones de las empleadas domésticas de nuestros clientes de modo que éstos tengan la certeza de que la gestión se va a realizar correctamente y sin molestias.
Contacte con nuestras gestoras en caso de que precise realizar algun trámite administrativo relacionado con el Servicio Doméstico, o en caso de que su empleada de hogar le solicite asistencia administrativa con algun asunto del que Vd. no se pueda ocupar.


